2011/12/12

Otra guinda para la torta revolucionaria

El ataque a la propiedad privada del Gobierno de Hugo Chávez no da pausa ni cuartel.
En estos casi 13 años en el poder el Gobierno, que se dice revolucionario, ha usado las expropiaciones, confiscaciones y nacionalizaciones sin ton ni son ni ton para tomar para sí tierras, industrias, desarrollos habitacionales, estacionamientos, o lo que le venga en gana. En sus haberes ya suma para sí, entre otras propiedades arrebatadas por estas vías: Más de 3,6 millones de hectáreas de tierras, expropiadas, desde la entrada en vigencia de la ley de Tierras y Desarrollo Agrario en 2001, según la estatal Agencia Venezolana de Noticias. Y unas 1.068 industrias en cinco años, según informa Conindustria.
Para socavar la propiedad privada, el Gobierno de Chávez también ha promulgado leyes “socialistas” que reducen a la nada el bien y el valor de la tierra. Así mismo, desde entes oficialistas y con adeptos al proyecto bolivariano, se han propiciado invasiones. Incluso, con igual propósito, desde entes oficialistas ha propiciado invasiones con adeptos al proyecto bolivariano, de tierras rurales y urbanas, de empresas de todo tipo, e incluso de edificios y viviendas, ante la mirada impasible en unos casos, o con su anuencia en otros, de los poderes públicos que deberían garantizar los derechos constitucionales de todos los venezolanos.
Ahora, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, agrega otra guinda a esta gigantesca torta revolucionaria, al ordenar la desaplicación del artículo 141 del Código Penal, el cual es ahora inconstitucional. Y con ello, la despenalización del delito de invasión que éste establecía.
Sin dar detalle alguno, ni plantear los argumentos de la decisión o publicar la sentencia, la presidenta del TSJ, Luisa Estela Morales, informó durante un acto en el Consejo Legislativo del estado Barinas, donde se conmemoraba el 152º aniversario de la Batalla de Santa Inés, que “luego de conocer el caso de dos campesinos acusados de invasores en el estado Guárico, se ordenó la desaplicación del artículo 471” y se “ordenó la inmediata liberación de los campesinos que hayan sido juzgados bajo esa condición”.
Cabe recordar que según la Constitución Nacional, las decisiones de la Sala Constitucional son vinculantes, tienen efecto general y, por tanto, deben ser acatadas por todos los tribunales, jueces y fiscales del país.
Así, en esta bizarra revolución, en adelante las invasiones a la propiedad no serán delito, y los invasores no podrán ser juzgados ni penalizados por sus fechorías.
La trascendencia de esta decisión está compilada en el simbolismo de la fecha que se escogió para anunciarla: El aniversario de la Batalla de Santa Inés, comandada por uno de los “héroes” de Chávez, el general Ezequiel Zamora, un guerrillero populista y anti democrático de la época independentista.
Disponible en inglés en: www.veneconomy.com

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